Fecha de publicación: 18 de febrero 2026

Esta página responde a preguntas frecuentes sobre cambios importantes en Health First Colorado (programa Medicaid de Colorado) exigidos por la legislación federal H.R. 1, también conocida como «One Big Beautiful Bill Act» (Ley de un Gran y Hermoso Proyecto de Ley). Estos cambios incluyen requisitos laborales, también conocidos como requisitos de participación comunitaria, y renovaciones de 6 meses para algunos adultos de bajos ingresos. Los cambios en el estatus migratorio también afectarán qué inmigrantes pueden calificar para Health First Colorado.

Requisitos laborales

Se considera que una persona es médicamente frágil si:

  • Es ciego o tiene una discapacidad
  • Padece un trastorno por consumo de sustancias
  • Padece un trastorno de salud mental que le incapacita
  • Tiene una discapacidad física, intelectual o del desarrollo que le dificulta realizar las actividades cotidianas
  • Padece una afección médica grave o compleja

Para establecer estas normas, nos basamos en las directrices federales vigentes. Actualizaremos esta página si recibimos nueva información.

Puede usar todos los canales actuales (Colorado PEAK, aplicación de Health First Colorado, correo, entrega en persona) para presentar pruebas de que cumple los nuevos requisitos.

Actualizaremos estas preguntas frecuentes a medida que la información esté disponible.

Solicitantes que presentan su solicitud por primera vez:

  • Debe demostrar que ha cumplido con el requisito laboral durante el mes calendario anterior a la presentación de su solicitud, o bien demostrar que no está obligado a cumplirlo.

Miembros actuales que renuevan su cobertura:

  • Debe demostrar que ha cumplido con los requisitos laborales durante al menos un mes calendario desde la fecha límite de su última renovación, o bien demostrar que no está obligado a cumplirlos.

Para establecer estas normas, nos basamos en las directrices federales vigentes. Actualizaremos esta página si recibimos nueva información.

A partir del 1 de enero de 2027, los adultos de entre 19 y 64 años que no estén inscritos en un programa de servicios y apoyos a largo plazo (LTSS) ni en un programa de compra de Medicaid deberán cumplir con los requisitos laborales al solicitar o renovar la cobertura. Si esta norma se aplica a su caso, Health First Colorado le enviará una carta.

Puede cumplir los requisitos laborales de una de estas dos formas:

  • realizar al menos 80 horas de actividades autorizadas, o
  • ganar al menos $580 con un trabajo remunerado, o
  • una combinación de ambas cosas

Solicitantes que presentan su solicitud por primera vez:

En el mes calendario anterior a la presentación de la solicitud, deben demostrar que:

  • ganaron al menos $580, o
  • dedicaron al menos 80 horas a trabajar, asistir a la escuela, participar en un programa de trabajo, realizar labores de voluntariado o una combinación de estas actividades

Miembros actuales que renuevan su cobertura:

En al menos un mes calendario desde la última fecha límite de renovación, deben demostrar que:

  • ganaron al menos $580, o
  • dedicaron al menos 80 horas a trabajar, asistir a la escuela, participar en un programa de trabajo, realizar labores de voluntariado o una combinación de estas actividades

 

Health First Colorado aplicará los nuevos requisitos laborales a partir del 1 de enero de 2027.

En enero de 2027, Health First Colorado enviará por correo cartas a los miembros con fecha de renovación en marzo de 2027. Si un miembro está sujeto a los requisitos laborales, deberá demostrar que los cumple o que no está obligado a hacerlo para mantener o recibir la cobertura médica.

No, las personas con enfermedades mentales graves o que están en tratamiento por consumo de sustancias entran en la exención de «médicamente frágil».  No necesitan completar los requisitos de trabajo.

No, los requisitos laborales aprobados en el H.R. 1 no se aplican a las personas con el Programa de compra de Medicaid para Adultos Trabajadores y Niños con Discapacidades.

Los miembros del programa de compra deben seguir cumpliendo con los demás requisitos del programa para ingresos y empleo, los cuales no han cambiado.

No, los requisitos laborales no se aplican a las personas que reciben ingresos del SSI o de la Administración del Seguro Social como el SSDI.

No, los adultos de 65 años o más no necesitan cumplir los requisitos laborales.

No, los padres o cuidadores de niños de 13 años o menos, o los cuidadores de personas con discapacidad de cualquier edad, no necesitan cumplir con los nuevos requisitos laborales.

(Actualizado el 20 de abril de 2026)

Los requisitos son distintos. Sin embargo, las personas que cumplan los requisitos laborales del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés) o Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés) de Colorado también cumplirán el requisito laboral de Health First Colorado. Las personas beneficiarias de SNAP o de TANF que no cumplan su requisito laboral deberán cumplir el requisito laboral de Health First Colorado para conservar su cobertura médica.

Los requisitos laborales no se aplican a:

  • Niños de hasta 18 años
  • Adultos de 65 años o más
  • Padres, tutores, familiares que se ocupan del cuidado o cuidadores familiares responsables de un niño de hasta 13 años
  • Padres, tutores, familiares que se ocupan del cuidado o cuidadores familiares responsables del cuidado de una persona de cualquier edad que tenga una discapacidad
  • Veteranos con una discapacidad relacionada con el servicio que el Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU. haya determinado que es total y permanente
  • Personas que reúnen los requisitos o están inscritas en Medicare
  • Personas inscritas en un programa de servicios y apoyos a largo plazo (LTSS)
  • Personas inscritas en programas de compra de Medicaid (para adultos que trabajan o para niños)
  • Personas que reciben el Seguro de Ingreso Suplementario (SSI) y/o ingresos de la Administración del Seguro Social (SSA), como el Seguro Social por Incapacidad (SSDI)
  • Jóvenes de 19 a 26 años que han estado en hogar de crianza
  • Miembros actuales de Health First Colorado que hayan estado embarazadas en los últimos 12 meses, o que estén embarazadas actualmente
  • Indígenas americanos y nativos de Alaska (AI/AN) que reúnan los requisitos para los Servicios de Salud Indígenas (IHS)
  • Personas con fragilidad médica. Se considera que una persona tiene fragilidad médica si:
    • Es ciego o tiene una discapacidad
    • Padece un trastorno por consumo de sustancias
    • Padece un trastorno de salud mental que le incapacita
    • Tiene una discapacidad física, intelectual o del desarrollo que le dificulta realizar las actividades cotidianas
    • Padece una afección médica grave o compleja
  • Personas inscritas en un tratamiento o programa de rehabilitación por un trastorno de salud mental o de consumo de sustancias
  • Personas que se encuentran en una cárcel, prisión o en algunos centros de reinserción social, ya sea en la actualidad o en los últimos 3 meses
  • Personas que cumplen con los requisitos laborales del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP) o del programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF) de Colorado.
  • Las personas con SNAP o TANF que no cumplan con su requisito laboral deben cumplir con el requisito laboral de Health First Colorado para mantener su cobertura médica.

Si Health First Colorado necesita más información para decidir si debe cumplir los requisitos laborales, le enviaremos una carta. Abra y responda a las cartas de Health First Colorado de inmediato.

Si Health First Colorado necesita más información para determinar si debe cumplir los requisitos laborales, le enviaremos una carta. Abra y responda a todas las cartas de inmediato.

Utilice nuestra herramienta de evaluación para averiguar si podría verse afectado por los requisitos laborales de Medicaid.

Es posible que deba cumplir con los requisitos laborales si

Para cumplir con los requisitos laborales, quienes soliciten por primera vez deberán demostrar que, durante el mes calendario anterior a la presentación de su solicitud,

  • ganaron al menos $580, o
  • dedicaron al menos 80 horas a trabajar, asistir a la escuela, participar en un programa de trabajo, realizar labores de voluntariado o una combinación de estas actividades

Si usted es un adulto de 19 a 64 años sin una discapacidad y usted no califica para una exención, entonces puede que necesite cumplir los nuevos requisitos de participación comunitaria y laborales.

Ejemplo: Si usted aplica para cobertura médica en febrero de 2027, necesitara demostrar que trabajó, participó en un programa laboral, hizo voluntariado o asistió a la escuela al menos 80 horas por mes (o una combinación de estos) en enero de 2027.

Si un miembro actual sujeto a requisitos laborales gana al menos $580 al mes (salario mínimo federal x 80 horas) y podemos verificar esos ingresos, no tiene que completar documentación adicional para demostrar que cumple con los requisitos laborales. Los $580 representan 80 horas al salario mínimo federal de $7.25 por hora. Si trabaja, pero no podemos verificar esos ingresos, le enviaremos una carta pidiendo pruebas.

Health First Colorado le enviará una carta en septiembre de 2026 para avisarle, según la información que tenemos, si debe cumplir con los requisitos laborales.

Los nuevos requisitos laborales entrarán en vigor el 1 de enero de 2027. No todos los miembros de Health First Colorado sujetos a los nuevos requisitos laborales tendrán que presentar pruebas de inmediato.

Los miembros actuales deberán demostrar que han cumplido con los requisitos laborales durante al menos un mes calendario desde su última fecha límite de renovación.
También deberán renovar su cobertura médica cada 6 meses en lugar de una vez al año.

Por ejemplo, si su renovación vence en marzo de 2027, deberá presentar pruebas de que, en un mes calendario desde su última fecha límite de renovación, usted:

  • ha ganado al menos $580, o
  • ha trabajado, participado en un programa de trabajo, realizado labores de voluntariado o asistido a la escuela (o una combinación de estas actividades) durante al menos 80 horas

Para los trabajadores por encargo, todos los ingresos obtenidos en los 6 meses anteriores deben sumarse y dividirse por 6. El ingreso medio durante esos 6 meses debe ser igual o superior a $580. Los $580 representan 80 horas con el salario mínimo federal de $7.25. Esperamos que el gobierno federal emita la guía final para junio de 2026. Actualizaremos estas preguntas frecuentes a medida que haya más información disponible.

Es posible que deba cumplir con estos requisitos si:

  • es un adulto de entre 19 y 64 años
  • no está inscrito en un programa de LTSS o programa de compra, y
  • no tiene una justificación válida para no cumplir con los requisitos laborales

Para cumplir con los requisitos, debe demostrar que, durante el mes calendario anterior a la solicitud:

  • ganó al menos $580, o
  • dedicó al menos 80 horas a trabajar, asistir a la escuela, participar en un programa de trabajo,

realizar labores de voluntariado o una combinación de estas actividades

Utilice nuestra herramienta de evaluación para saber si podría verse afectado por los requisitos laborales de Medicaid.

Renovaciones de 6 meses

A partir de enero de 2027, si usted es un adulto de 19 a 64 años y gana hasta el 133% del nivel federal de pobreza (en inglés) (hasta $20,815 al año para una persona soltera o $42,760 al año para una familia de cuatro), tendrá que completar el proceso de renovación dos veces al año en lugar de una vez al año. No hay exenciones para esta disposición.

No. Families cannot ask to have their renewals all at the same time, that is, synchronized. Renewals are based on each person, so members in the same household may have different renewal dates. Renewal dates may sometimes align when member renewal periods overlap or when coverage can be renewed for all members at ex parte.

No. Members enrolled in long-term services and supports (LTSS), Medicaid buy-in programs or home and community-based services (HCBS) waivers will continue with a 12-month renewal cycle.

Members whose renewal is completed and approved through December 31, 2026, will receive a 12-month renewal period. They will not be moved to a 6-month renewal period solely because of the 6-month renewal transition.

For example, if a member has a renewal completed by December 31, 2026, they will continue their 12-month renewal schedule into 2027.

However, a member may move to a 6-month renewal period after January 1, 2027, if they report a change that affects how they qualify for health coverage.

If health coverage was approved for a full 12-month period before January 2027, the renewal date will remain the same.

For example, if your health coverage was renewed in May 2026, then your next renewal date will be May 2027. However, if a member reports a change or there is an update that affects a member’s eligibility, the renewal date may change.

Starting January 1, 2027, some adults ages 19 to 64 will need to renew every 6 months. If this rule applies to you, Health First Colorado (Colorado’s Medicaid program) will send a letter to you.

Most members will still renew every 12 months, including:

  • Children 18 and younger
  • Adults age 65 and older
  • Pregnant members and members who were pregnant in the last 12 months
  • Parents or caretaker relatives whose income is 68% FPL or less
  • Members who receive home and community-based services (HCBS) waivers or other long-term services and supports (LTSS) programs
  • Members in Medicaid buy-in programs
  • Members who qualify based on blindness or disability
  • Members who have Medicare
  • Former foster care youth through age 26
  • Members who are American Indian or Alaska Native, including Indian, Urban Indian, and California Indian members

If people in the same household have Medicaid, they may not all have the same renewal date.

Children 18 and younger will have 12 months of continuous coverage once approved.

In July 2025, Health First Colorado received a letter from U.S. Centers for Medicare & Medicaid Services (CMS) ending 2-year continuous coverage for children ages 0 to3. 

Children 0 to 3 will have 12 months of continuous coverage once approved.

No. Federal rules and timelines for SNAP and Medicaid work requirements are different, so renewal dates between the programs will not be coordinated. While there may be times when they overlap, members should not expect SNAP and Health First Colorado renewals to align.

Yes. Members in the same household may have different renewal dates because Health First Colorado checks whether someone qualifies on an individual basis. While renewal dates may sometimes align, it is possible for members in the same household to have different renewal schedules.

No. Members are covered for 12 months after a pregnancy ends. Once newborns are added to the case, they are covered for 12 months.

Yes, a member can be exempt from work requirements but still need to renew every 6 months. 

For example, an adult who qualifies for Medicaid and has a child 13 or younger does not have to comply with work requirements, but they may have to renew every 6 months.

Inmigrantes

Inmigrantes

La ley de Colorado establece que los trabajadores estatales de Medicaid y CHP+ y sus socios
comerciales no pueden revelar información personal al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de
Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) para investigaciones o medidas de inmigración.

Es importante recordar que las leyes estatales no pueden prevalecer sobre las leyes federales. La ley
federal prevalece sobre la ley estatal cuando ambas entran en conflicto.

HCPF solo comparte información de Medicaid con CMS. HCPF no comparte información con
funcionarios federales de inmigración, aunque, como se indica en esta comunicación, no podemos
controlar directamente lo que comparte CMS.

Medicaid es un programa federal-estatal administrado y financiado conjuntamente. Debido a que
Medicaid presta servicios a millones de personas con apoyo federal, los estados deben compartir datos
limitados y protegidos con CMS con fines de rendición de cuentas, financiamiento y desarrollo de
políticas. Bajo la legislación federal, HCPF presenta informes mensuales a CMS a través del Sistema de
Información Estadística de Medicaid. Las agencias de Medicaid deben presentar informes a CMS
porque Medicaid es un programa conjunto federal-estatal y se exige el cumplimiento de la legislación y
las regulaciones federales. La presentación de informes es la forma en que CMS se asegura de que los
fondos federales de Medicaid se utilizan correctamente y en conformidad con las leyes estatales y
federales aplicables, de modo que los estados sigan recibiendo los fondos federales correspondientes.
Las auditorías y las revisiones de la gestión financiera son prácticas habituales.

El 6 de junio de 2025, HCPF recibió una solicitud de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) para obtener datos e información relacionados con la elegibilidad, las reclamaciones y la asignación de costos de las personas con un “estatus migratorio insatisfactorio”. Desde entonces, CMS han renovado su solicitud de datos cada tres meses. Las solicitudes incluyen a las personas que accedieron a los Servicios de Emergencia de Medicaid durante cada trimestre solicitado (actualmente tres trimestres: de abril a junio de 2025, de julio a septiembre de 2025 y de octubre a diciembre de 2025). Si bien la primera solicitud excluía a ciertas poblaciones, como las personas embarazadas y los niños, las solicitudes posteriores han incluido a las personas embarazadas.
CMS afirmó que el motivo de esta solicitud en particular es garantizar que HCPF no haya recibido fondos para el reembolso federal de ninguna persona con un estatus migratorio insatisfactorio que participe en un programa financiado únicamente por el estado.

Además, existe una nueva sentencia judicial que indica que CMS puede compartir información limitada de Medicaid con agencias federales en circunstancias específicas, como en el caso de personas que no residen legalmente en los Estados Unidos. CMS aún no ha proporcionado a Colorado detalles sobre si compartirán información o cómo lo harán, y estamos siguiendo de cerca los acontecimientos. Mantendremos informados a nuestros miembros a medida que dispongamos de más información.

En este momento no. Sin embargo, una acción ejecutiva, una ley o ambas podrían cambiar los factores
que determinan lo que constituye una decisión de carga pública.

Actualmente, el gobierno federal tiene la autoridad para decidir qué beneficios se pueden considerar
para las decisiones sobre la carga pública. En este momento, Medicaid y CHP+ no se consideran carga
pública, pero eso podría cambiar en el futuro. El gobierno federal ha propuesto un cambio en la regla de
la carga pública (en inglés). HCPF está analizando lo que esto puede significar para los afiliados y los
hogares de Cover All Coloradans, los Servicios de Emergencia de Medicaid y los Servicios de Salud
Reproductiva. A medida que tengamos más información, compartiremos actualizaciones.

Puede encontrar información en las reglas actuales de la carga pública, y en los recursos sobre los
cambios propuestos (en inglés).

No. La información que se puede compartir sobre personas que no residen legalmente puede incluir la
ciudadanía o el estatus migratorio, la dirección, el número de teléfono, la fecha de nacimiento y el
número de identificación de Medicaid. CMS debe excluir a cualquier persona que resida legalmente en
los Estados Unidos. Si no es posible separar estos datos de la información sobre residentes legales o
ciudadanos estadounidenses, CMS no puede compartirlos. Estas restricciones siguen vigentes mientras
se resuelven los procesos legales.

HCPF solo comparte información de Medicaid con CMS. HCPF no comparte información con los
funcionarios federales de inmigración, aunque, tal y como se indica en esta comunicación, no podemos
controlar directamente lo que comparte CMS.

Los informes incluyen datos demográficos básicos y de elegibilidad, como el nombre, la dirección, la fecha de nacimiento, el número de Seguro Social (si se ha proporcionado) o el número de identificación de Medicaid, y el estatus migratorio de cada miembro de Medicaid que haya recibido servicios a través del programa Medicaid. Los informes se presentan de forma periódica, por lo que darse de baja de Medicaid no impedirá que los datos se comuniquen a CMS. La excepción a esto son las personas que solo han recibido servicios a través de programas de HCPF financiados exclusivamente con el presupuesto estatal.

La prueba de carga pública decide si una persona podría utilizar servicios gubernamentales en el futuro. Se utiliza para decidir si alguien puede obtener una tarjeta de residencia o una visa. Algunas personas tendrán más dificultades para obtener una tarjeta de residencia o una visa si utilizan determinados tipos de ayudas gubernamentales. La prueba incluye el tipo de ayuda gubernamental que utiliza, su edad, ingresos, salud, educación/habilidades y la declaración jurada de su patrocinador.

Pregnant immigrants need to provide identification (a full name, date of birth) so that their status can be verified. They may also provide documentation such as an I-551 or I-94.
A person who is undocumented or not lawfully present status would not need to provide documentation as it is assumed that they do not have documentation.
However, for applications they will still need to provide name, date of birth, address and a signature, etc.

A partir de octubre de 2026, algunos inmigrantes que calificaban para la cobertura ya no podrán recibir los beneficios de Health First Colorado. Esto incluye:

  • Refugiados y asilados
  • Personas a las que se les ha concedido libertad condicional humanitaria, como ciertos afganos que ayudaron con operaciones militares estadounidenses en Afganistán o personas que huyen de la violencia en Ucrania
  • Personas a quienes se les ha concedido la suspensión de deportación
  • Supervivientes de violencia doméstica con una solicitud pendiente o aprobada en virtud de la Ley de Violencia contra la Mujer
  • Supervivientes de la trata de personas con una solicitud pendiente o aprobada para obtener una visa para víctima de trata
  • Miembros de una tribu indígena reconocida a nivel federal o indígenas americanos nacidos en Canadá
  • Refugiados con estatus de “entrante condicional” concedido antes de 1980

Estos inmigrantes pueden cumplir los requisitos para acceder a Health First Colorado y CHP+:

  • Ciudadanos estadounidenses o nacionales estadounidenses
  • Residentes permanentes legales (titulares de una tarjeta verde) que cumplan con el requisito de 5 años
  • Ciudadanos de las Islas Marshall, Micronesia y Palau que residen en alguno de los estados o territorios de los Estados Unidos (conocidos como migrantes del Pacto de Libre Asociación o COFA)
  • Ciertos entrantes de origen cubano o haitiano
  • Menores de 19 años
  • Mujeres embarazadas, o que hayan estado embarazadas en los últimos 12 meses

Immigrants affected by the federal changes will lose their coverage as of October 1, 2026.

Children with asylum status will qualify for Medicaid because they are still considered to be lawfully present. Children without legal immigration status may qualify for Cover All Coloradans or for Emergency Medicaid.

If, as a result of these federal changes, an immigrant no longer qualifies for Health First Colorado, we will check to see if they qualify for Emergency Medicaid Services/Reproductive Health Care Services.
Cover All Coloradans (CAC) may be considered if that person does not fall into another category. CAC only covers pregnant/postpartum women and children 18 and younger who do not have a legal immigration status.
Whether a pregnant person or child 18 or younger qualifies for Health First Colorado or Cover All Coloradans depends on legal immigration status.
If a pregnant person or child 18 or younger no longer meets qualified immigrant status AND they are lawfully present, they will continue with their current health coverage.
Example: As of October 1, 2026, refugees no longer qualify for Medicaid. However, if the refugee currently receives Medicaid, is pregnant and is lawfully present, then they may continue to qualify for Medicaid.
If a pregnant person or child 18 or younger no longer meets qualified immigrant status AND they are NOT lawfully present, they may qualify for Cover All Coloradans.
Example: As of October 1, 2026, refugees no longer qualify for Health First Colorado. However, if the refugee is pregnant but is not lawfully present due to expired documents, then they may qualify for Cover All Coloradans.

As of October 1, 2026, survivors of trafficking with a pending or approved application for a victim of trafficking visa will no longer qualify for Health First Colorado.

It depends. If an immigrant has previously selected Emergency Medicaid Services and Reproductive Health Care Services (EMS/RHCS) on their application, they may be automatically enrolled in EMS/RHCS after October 1, 2026.
If an immigrant did not select EMS/RHCS on their application before October 1, 2026, they will not be automatically enrolled.
Immigrants who will lose Health First Colorado (Colorado’s Medicaid program) coverage because of federal changes should apply for EMS/RHCS before October 1, 2026. 

As of October 1, 2026, people with pending green card status will no longer qualify for Medicaid.

Cobertura retroactiva

  • A partir de enero de 2027, los adultos de bajos ingresos de entre 19 y 64 años que ganan hasta el 133% del nivel federal de pobreza (en inglés) (hasta $20,815 al año para una persona soltera o $42,760 al año para una familia de cuatro personas) que soliciten Health First Colorado solo recibirán un mes de cobertura retroactiva en lugar de tres. Esto significa que, si calificas y te inscribes en Health First Colorado, podemos cubrir tus facturas médicas que cumplen los requisitos el mes anterior a la solicitud, pero no antes. 
  • Los niños de 18 años o menos, los adultos de 65 años o más y las personas inscritas en servicios y apoyos a largo plazo [LTSS] o  programas de admisión recibirán 2 meses de cobertura antes de su solicitud.

Mantenerse informado

Health First Colorado compartirá información sobre los requisitos laborales con los miembros por correo, mensaje de texto y correo electrónico. También colaboraremos con proveedores y organizaciones comunitarias para asegurarnos de que la gente entienda los nuevos requisitos.

Los miembros pueden mantenerse al día suscribiéndose al boletín de Health First Colorado (un correo electrónico mensual) y suscribiéndose a las notificaciones digitales en la aplicación Health First Colorado. También pueden seguirnos en redes sociales y consultar la web de Health First Colorado para actualizaciones de noticias.

Health First Colorado enviará cartas por correo a los miembros afectados por los nuevos requisitos laborales a partir de septiembre de 2026.

Apelaciones

Sí, tiene 60 días desde la fecha de su Aviso de Acción para solicitar una reunión informal con el centro de elegibilidad y una audiencia imparcial estatal. El Aviso de Acción es la carta que contiene la decisión con la que no está de acuerdo.

Para más información sobre apelaciones, consulte Cómo apelar una decisión sobre cobertura o beneficios médicos. O siga las instrucciones de su Aviso de Acción sobre cómo apelar la decisión.